En esta resolución se recoge con detalle el procedimiento a seguir en caso de reclamaciones por daños producidos como consecuencia de accidentes escolares (entre otros temas).
Supuestos que puedan dar derecho a indemnización:
1. El daño causado por un alumno a otro, cuando están cargo del profesor bien sea dentro del horario escolar en el desarrollo de la actividad docente o bien fuera de la jornada lectiva en el desenvolvimiento de actividades extraescolares o complementarias debidamente aprobadas por el Consejo Escolar del Centro.
2. Los daños causados por alumno/s del Centro Escolar a personas ajenas al mismo, dentro del horario escolar en el desarrollo de las actividades anteriormente indicadas.
3. El daño o lesión que pueda producirse el alumno sin intervenci‘ón de terceras personas.
2. Los daños causados por alumno/s del Centro Escolar a personas ajenas al mismo, dentro del horario escolar en el desarrollo de las actividades anteriormente indicadas.
3. El daño o lesión que pueda producirse el alumno sin intervenci‘ón de terceras personas.
Requisitos que recoge la Resolución de 25/10/2001 para tramitar la solicitud de indemnización :
1. Solicitud:
El interesado, padre o madre o lesionado si es mayor de edad, deberá suscribir solicitud, segú–n modelo del Anexo I, dirigida al Excmo. Sr. Consejero de Educaci‘ón y Ciencia, en la que consten las lesiones, el momento en el que estas se produjeron, asŒ como la presunta relaci‘n de causalidad entre las lesiones y el funcionamiento del servicio público y la evaluación económica del daño causado.
2. Documentación que habrá de acompañarse a la solicitud obligatoriamente.
a) Informe de la Dirección del Centro y/o del profesor que estuviera presente en el momento en que se produjeran las lesiones (Anexo II).
b) Informe médico, en el que se determinen las lesiones y el alcance de las secuelas, si las hay.
c) Fotocopia compulsada del DNI del reclamante y del Libro de familia.
a) Informe de la Dirección del Centro y/o del profesor que estuviera presente en el momento en que se produjeran las lesiones (Anexo II).
b) Informe médico, en el que se determinen las lesiones y el alcance de las secuelas, si las hay.
c) Fotocopia compulsada del DNI del reclamante y del Libro de familia.
En aquellos casos en que la valoración económica de la lesiión quiera justificarse mediante la presentación de la factura justificativa del desembolso ecoómico que la reparación del daño o lesión haya causado, deberá aportarse el original de la misma donde conste el NIF, núm. de factura,
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