CORRECCIÓN de errores al Decreto 328/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de
educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial (BOJA núm. 139, de
16.7.2010).
educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial (BOJA núm. 139, de
16.7.2010).
El pasado 5 de noviembre se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía una corrección de errores del Decreto 328/2010 de 3 de julio por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los colegios que afecta a la composición del Consejo Escolar en centros como el nuestro (más de 9 unidades y menos de 18). Dice textualmente:
"3. Artículo 49.2.c) del Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial.
Donde dice:
«c) Cinco maestros o maestras».
Debe decir:
«c) Seis maestros o maestras».
4. Artículo 49.2.d) del Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial.
Donde dice:
«d) Seis padres, madres o representantes legales del alumnado, de los que uno será designado, en su caso, por la asociación de padres y madres del alumnado con mayor número de personas asociadas».
Debe decir:
«d) Siete padres, madres o representantes legales del alumnado, de los que uno será designado, en su caso, por la asociación de padres y madres del alumnado con mayor número de personas asociadas».
Donde dice:
«c) Cinco maestros o maestras».
Debe decir:
«c) Seis maestros o maestras».
4. Artículo 49.2.d) del Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial.
Donde dice:
«d) Seis padres, madres o representantes legales del alumnado, de los que uno será designado, en su caso, por la asociación de padres y madres del alumnado con mayor número de personas asociadas».
Debe decir:
«d) Siete padres, madres o representantes legales del alumnado, de los que uno será designado, en su caso, por la asociación de padres y madres del alumnado con mayor número de personas asociadas».
5. Artículo 49.3 del Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial.
Se añade una nueva letra b) con la siguiente redacción:
«b) El jefe o la jefa de estudios, en su caso.»
Las actuales letras b), c), d), e) y f) pasan a ser, respectivamente,
c), d), e), f) y g)."
Se añade una nueva letra b) con la siguiente redacción:
«b) El jefe o la jefa de estudios, en su caso.»
Las actuales letras b), c), d), e) y f) pasan a ser, respectivamente,
c), d), e), f) y g)."
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